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sábado, 29 de abril de 2017

A Treinta años de la matanza de Corpus Christi, la verdad necesaria

por  29 abril, 2017
A Treinta años de la matanza de Corpus Christi, la verdad necesaria
En junio se cumplirán treinta años de los dolorosos acontecimientos conocidos como “la matanza de Corpus Christi” u “Operación Albania”, en los que una docena de jóvenes integrantes del FPMR fueron cobardemente asesinados por agentes del Estado, en el contexto de la fase final de la Dictadura. Por esos días, mientras los sectores políticos democráticos debatían sobre la conveniencia de utilizar el plebiscito contemplado en el diseño de perpetuación del régimen, un sanguinario operativo se abatía sobre militantes frentistas que no tuvieron ninguna posibilidad de defenderse.

En junio se cumplirán treinta años de los dolorosos acontecimientos conocidos como “la matanza de Corpus Christi” u “Operación Albania”, en los que una docena de jóvenes integrantes del FPMR fueron cobardemente asesinados por agentes del Estado, en el contexto de la fase final de la Dictadura. Por esos días, mientras los sectores políticos democráticos debatían sobre la conveniencia de utilizar el plebiscito contemplado en el diseño de perpetuación del régimen, un sanguinario operativo se abatía sobre militantes frentistas que no tuvieron ninguna posibilidad de defenderse.
Sobre el tema, Dino Pancani escribió un libro basado exclusivamente en los contenidos de la sentencia judicial que, veinte años después de los sucesos, determinó solamente a algunos de los responsables materiales del caso, condenándolos a penas que, salvo en el caso de quienes arrastraban sentencias anteriores, implicaron que, prácticamente, ninguno de ellos fuera efectivamente encarcelado.
La reconstrucción de lo sucedido a partir de la sentencia en cuestión abre una nueva oportunidad de reflexión sobre alguna de las características y sinsabores de nuestra eterna transición.
Obviamente, permite traer a colación el rol del poder judicial en la trascendental tarea de incorporar la justicia y la verdad en el proceso de reconstrucción de la convivencia democrática. Decimos trascendental pues las sociedades que transitan desde regímenes opresivos a sistemas democráticos quedan en extremo marcadas por el mayor o menor éxito en el logro de conocimiento y juicio sobre lo ocurrido.
Contra lo que proclaman los que quisieran el olvido y la consecuente impunidad, la vulneración sistemática de los derechos humanos de miles de chilenos no es un tema del pasado, prueba de ello, es la persistencia en el juzgamiento y sanción, pero, sobre todo, en el esclarecimiento de la verdad como factor indispensable de la construcción colectiva de nuestra memoria como sociedad y, por lo tanto, de nuestra identidad, a partir de la cual podemos mirar el futuro como proyecto de todos.
En esa insoslayable construcción de nuestra memoria, los jueces, quienes tienen asignada la responsabilidad de discernir sobre lo que está bien o mal de acuerdo a nuestras comunes pautas de comportamiento, cumplen un papel crucial. Sus sentencias establecen una verdad jurídica cuyos fundamentos, especialmente en casos de esta naturaleza, son elementos determinantes en la pedagogía social sobre lo ocurrido, en el modo en el que las generaciones del presente juzgan el pasado y extraen de ello lecciones sobre lo que no puede volver a suceder.
Es sabido que el poder judicial chileno, salvo honrosas excepciones, se inclinó vergonzosamente ante la Dictadura despojando de protección a los perseguidos. Eso es parte de nuestra memoria. Sin embargo, lo que la sentencia recaída sobre los hechos de 1987 y dictada veinte años después denota, es la subordinación de las actuaciones judiciales de la época a las limitaciones y silencios que han caracterizado nuestro proceso de transición política, planteamiento que no desconoce que todas las transiciones suponen actores políticos que concuerdan las condiciones sobre las que se repone un orden democrático. Ello tendrá, como es natural, partidarios y detractores según la evaluación que cada uno haga de las condiciones acordadas.
Distinto es que el desempeño de la función jurisdiccional, como se hace evidente en la sentencia que el libro analiza, se condicione también a los vaivenes políticos propios del proceso transicional, pues ello supone subordinar el necesario esclarecimiento de los hechos, su juzgamiento  y su consecuente reprobación social a valoraciones ajenas al rol que se espera de los órganos llamados a impartir justicia. Entonces, la verdad se convierte en terreno de transacciones y de la medida de lo posible, produciéndose así una renuncia a la construcción efectiva de nuestra memoria social.
Los procesos transicionales deben acomodarse a la realidad concreta del período que pretenden superar, estableciendo los límites del desempeño político a las circunstancias efectivamente establecidas. Dicho de otro modo, la verdad sobre lo vivido debe ser un elemento ineludible para establecer los contornos de los camino políticos a recorrer. De lo contrario, las perspectivas de la transición dejan, como en el caso de Chile, una estela de frustraciones que hacen que parte importante de la ciudadanía no perciba como propio el futuro que se invita a construir.
De allí la trascendencia de que las actuaciones judiciales sobre los espacios de opacidad sobre lo ocurrido hagan luz hasta sus últimas consecuencias y, como en nuestro caso, mantengan su empeño hasta el presente sin importar el tiempo transcurrido.
Cuando esa actividad jurisdiccional se auto limita, estableciendo una verdad jurídica que no aborda en su integridad el esclarecimiento de los hechos y las responsabilidades, no sólo se aparta de su sentido sino que hace un flaco favor a una sociedad que sólo puede aspirar a un futuro para todos sobre la base de una verdad compartida.
El libro de Pancani, tanto como la actividad de familiares, organizaciones  y amigos de las víctimas en la búsqueda de la verdad es, en esa perspectiva, más que una mirada sobre el pasado, un aporte en la construcción de futuro.

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