La Sala Penal de la Corte Suprema dictó sentencia definitiva, a casi 38 años de ocurridos los hechos, por la muerte del militante socialista Lucio Bagus Valenzuela, que trabajó en el hospital San Juan de Dios, y que tras el golpe militar fue arrestado y llevado al Internado Nacional Barros Arana, siendo posteriormente encontrado su cadáver en el Instituto Médico Legal.
El máximo tribunal determinó aplicar una pena de 3 años y un día de presidio, sujeta al beneficio de la libertad vigilada, a Donato López Almarza, quien estaba a cargo del Regimiento Yungay de San Felipe, que el 17 de septiembre de 1973 detuvo a Bagus, además de Juan Francisco González Morán, Manuel Briceño Briceño, Manuel Jesús Ibáñez García, Jorge Cáceres Gatica, Pablo Ramón Aranda Schmied y al día siguiente al sacerdote español Joan Alsina.
Todos ellos aparecieron muertos en la morgue del SML, y en el caso de Alsina, en el Puente Bulnes, en una de las riberas del Río Mapocho.
La sentencia determinada por los ministros Jaime Rodríguez, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller y el abogado integrante Benito Mauriz, impone una sanción que no deberá cumplirse con presidio efectivo, toda vez que se le concedió el beneficio de la libertad vigilada.
En todo caso López Almarza deberá cancelar la suma de $70 millones a la cónyuge del hijo de la víctima, por el daño moral sufrido por la desaparición ocurrida de su difunto suegro.
El máximo tribunal determinó aplicar una pena de 3 años y un día de presidio, sujeta al beneficio de la libertad vigilada, a Donato López Almarza, quien estaba a cargo del Regimiento Yungay de San Felipe, que el 17 de septiembre de 1973 detuvo a Bagus, además de Juan Francisco González Morán, Manuel Briceño Briceño, Manuel Jesús Ibáñez García, Jorge Cáceres Gatica, Pablo Ramón Aranda Schmied y al día siguiente al sacerdote español Joan Alsina.
Todos ellos aparecieron muertos en la morgue del SML, y en el caso de Alsina, en el Puente Bulnes, en una de las riberas del Río Mapocho.
La sentencia determinada por los ministros Jaime Rodríguez, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller y el abogado integrante Benito Mauriz, impone una sanción que no deberá cumplirse con presidio efectivo, toda vez que se le concedió el beneficio de la libertad vigilada.
En todo caso López Almarza deberá cancelar la suma de $70 millones a la cónyuge del hijo de la víctima, por el daño moral sufrido por la desaparición ocurrida de su difunto suegro.
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