Narayan Vila
El próximo 10 de octubre la Sala Penal de la
Corte Suprema dará a conocer la sentencia respecto de los recursos de
nulidad presentados por la Fiscalía Metropolitana Sur y el Ministerio
del Interior, que intentan dejar sin efecto la absolución de las seis
personas incriminadas en el Caso Bombas.
Luego de tres jornadas de alegatos, la Sala Penal de la Corte Suprema fijó para el miércoles 10 de octubre a las 13 horas la lectura de sentencia relativa a los recursos de nulidad presentados por la Fiscalía Sur y el Ministerio del Interior.
En la última sesión de intervenciones, tanto el fiscal Raúl Guzmán como la abogada del Ministerio del Interior, Ximena Risco, argumentaron que el 3° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago no tenía las facultades para rechazar gran parte de las pruebas presentadas.
Esto, sumado a una supuesta parcialidad del tribunal, constituirían faltas al debido proceso, según expresó el fiscal Raúl Guzmán, quien se mostró optimista de que el Máximo Tribunal acoja la nulidad.
“Estamos confiados en que todos los tribunales respeten el principio de la legalidad en nuestros argumentos. Esperamos que sean acogidos por la Corte Suprema y aquí vamos más allá del caso concreto en el que se dictó esta sentencia. Estamos velando por los derechos de todos los intervinientes. No sólo el Ministerio Público. El principio de legalidad rige para las defensas, víctimas, querellantes y también para el tribunal”, precisó el jurista.
Claudio Aspe, defensor de Gustavo Fuentes Aliaga, refutó los argumentos de la fiscalía y aseguró que las cerca de cuatro mil pruebas rechazadas por los magistrados carecían de sustento jurídico.
“Lo que no se dejó ingresar fue que determinados testigos se refirieran a personas que estaban sobreseídas, por lo tanto, no tenían relación con las seis personas que estaban siendo juzgadas. La segunda aseveración del Ministerio Público y del Interior que es falaz es decir que el juicio habría tenido un resultado diverso. El tribunal llegó al único resultado posible que era la absolución y eso es lo que se denomina jurídicamente trascendencia, o sea los vicios, aunque hubieran existido, no cambian en nada lo resuelto por el tribunal oral. En ese sentido, procede que se rechacen los recursos”, explicó Aspe.
Por su parte, el abogado Mauricio Daza se refirió a la supuesta falta de imparcialidad de los magistrados, que exculparon a las 6 personas acusadas de colocación de artefactos explosivos y financiamiento terrorista.
El jurista recordó que la misma Corte de Apelaciones rechazó la recusación presentada por el órgano persecutor y el Ministerio del Interior, como parte querellante.
Debido a estos antecedentes Mauricio Daza dijo estar “tranquilo” respecto de la sentencia de la Corte Suprema.
“Ni el Ministerio Público ni el del Interior pudieron acreditar ningún motivo para anular un juicio que duró más de seis meses en el cual quedó clara la existencia de un sin número de irregularidades cometidas por ambos organismos. Lo único que lamento es que tanto el ministro Hinzpeter como el Ministerio Público no hayan asumido el deber de tratar de establecer quienes son los responsables de estos delitos y sigan insistiendo en levantar una imputación que es completamente falsa”, afirmó Daza.
Finalmente, el abogado Rodrigo Román dijo que tanto la formalización como la acusación de las personas incriminadas carecieron de fundamento jurídico y que siempre la motivación fue política, misma situación que acompañaría la presentación de los recursos de nulidad, según expresó.
“Es sostener y prolongar la agonía de un caso muerto, tal como ha sido expresado por distintas autoridades, entre otros, el mismo fiscal nacional Sabas Chahuán, quien señaló al final del juicio que reconocía que esta era la expresión de un fracaso. Tenemos la tranquilidad de que el 10 de octubre de manera contundente, sino unánime la Corte Suprema debería rechazar los recursos de nulidad”, indicó Román.
Dentro de las pruebas rechazadas por el 3° Tribunal Oral se encuentran películas documentales, libros, afiches de bandas musicales y panfletos, además de informes periciales con firmas falsificadas.
En caso que el Máximo Tribunal apruebe los recursos de nulidad, el juicio del Caso Bombas, que se extendió por poco más de 6 meses, quedará sin efecto; si por el contrario se rechazan las solicitudes, la sentencia absolutoria de las 6 personas incriminadas será definitiva.
Luego de tres jornadas de alegatos, la Sala Penal de la Corte Suprema fijó para el miércoles 10 de octubre a las 13 horas la lectura de sentencia relativa a los recursos de nulidad presentados por la Fiscalía Sur y el Ministerio del Interior.
En la última sesión de intervenciones, tanto el fiscal Raúl Guzmán como la abogada del Ministerio del Interior, Ximena Risco, argumentaron que el 3° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago no tenía las facultades para rechazar gran parte de las pruebas presentadas.
Esto, sumado a una supuesta parcialidad del tribunal, constituirían faltas al debido proceso, según expresó el fiscal Raúl Guzmán, quien se mostró optimista de que el Máximo Tribunal acoja la nulidad.
“Estamos confiados en que todos los tribunales respeten el principio de la legalidad en nuestros argumentos. Esperamos que sean acogidos por la Corte Suprema y aquí vamos más allá del caso concreto en el que se dictó esta sentencia. Estamos velando por los derechos de todos los intervinientes. No sólo el Ministerio Público. El principio de legalidad rige para las defensas, víctimas, querellantes y también para el tribunal”, precisó el jurista.
Claudio Aspe, defensor de Gustavo Fuentes Aliaga, refutó los argumentos de la fiscalía y aseguró que las cerca de cuatro mil pruebas rechazadas por los magistrados carecían de sustento jurídico.
“Lo que no se dejó ingresar fue que determinados testigos se refirieran a personas que estaban sobreseídas, por lo tanto, no tenían relación con las seis personas que estaban siendo juzgadas. La segunda aseveración del Ministerio Público y del Interior que es falaz es decir que el juicio habría tenido un resultado diverso. El tribunal llegó al único resultado posible que era la absolución y eso es lo que se denomina jurídicamente trascendencia, o sea los vicios, aunque hubieran existido, no cambian en nada lo resuelto por el tribunal oral. En ese sentido, procede que se rechacen los recursos”, explicó Aspe.
Por su parte, el abogado Mauricio Daza se refirió a la supuesta falta de imparcialidad de los magistrados, que exculparon a las 6 personas acusadas de colocación de artefactos explosivos y financiamiento terrorista.
El jurista recordó que la misma Corte de Apelaciones rechazó la recusación presentada por el órgano persecutor y el Ministerio del Interior, como parte querellante.
Debido a estos antecedentes Mauricio Daza dijo estar “tranquilo” respecto de la sentencia de la Corte Suprema.
“Ni el Ministerio Público ni el del Interior pudieron acreditar ningún motivo para anular un juicio que duró más de seis meses en el cual quedó clara la existencia de un sin número de irregularidades cometidas por ambos organismos. Lo único que lamento es que tanto el ministro Hinzpeter como el Ministerio Público no hayan asumido el deber de tratar de establecer quienes son los responsables de estos delitos y sigan insistiendo en levantar una imputación que es completamente falsa”, afirmó Daza.
Finalmente, el abogado Rodrigo Román dijo que tanto la formalización como la acusación de las personas incriminadas carecieron de fundamento jurídico y que siempre la motivación fue política, misma situación que acompañaría la presentación de los recursos de nulidad, según expresó.
“Es sostener y prolongar la agonía de un caso muerto, tal como ha sido expresado por distintas autoridades, entre otros, el mismo fiscal nacional Sabas Chahuán, quien señaló al final del juicio que reconocía que esta era la expresión de un fracaso. Tenemos la tranquilidad de que el 10 de octubre de manera contundente, sino unánime la Corte Suprema debería rechazar los recursos de nulidad”, indicó Román.
Dentro de las pruebas rechazadas por el 3° Tribunal Oral se encuentran películas documentales, libros, afiches de bandas musicales y panfletos, además de informes periciales con firmas falsificadas.
En caso que el Máximo Tribunal apruebe los recursos de nulidad, el juicio del Caso Bombas, que se extendió por poco más de 6 meses, quedará sin efecto; si por el contrario se rechazan las solicitudes, la sentencia absolutoria de las 6 personas incriminadas será definitiva.
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