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martes, 26 de noviembre de 2019

Abogados y parlamentarios rechazan posible “carta blanca” para FF.AA. en proyecto de resguardo de infraestructura crítica

Por: El Desconcierto / Publicado: 26.11.2019
/ Twitter
Un polémico párrafo, en el que se establece que de aprobarse la ley el estándar en relación al uso de la fuerza lo determinaría el Presidente vía decreto supremo, escondería una exención de responsabilidades penales para las Fuerzas Armadas, que desde el mundo político y jurídico han salido a evidenciar y rechazar.
Durante la tarde de este lunes el gobierno ingresó el proyecto de ley mediante el cual pretende integrar a las Fuerzas Armadas en las tareas de protección de “infraestructura crítica“.
La iniciativa ha causado polémica desde su anuncio, debido tanto al hecho mismo de querer sacar a los militares a la calle nuevamente, como por cuestionamientos a la legalidad de una medida de este tipo.
En ese contexto, durante la tarde de este lunes cuando se conoció el texto de la iniciativa, diversos actores del mundo jurídico y político reaccionaron ante lo que ha sido percibido como una posible herramienta para otorgar impunidad a las FF.AA. en materia de derechos humanos. 
El diputado de RD, Miguel Crispi, afirmó que el documento “dice que el estándar en relación al uso de la fuerza lo establece el Presidente vía decreto. Nosotros no estamos de acuerdo. En marzo de este año dijimos que el uso de la fuerza tiene que estar normado por ley y no vía decreto. No por la autoridad presidencial, por la autoridad de la ley. El estándar en relación a la protección de los derechos humanos, y los juicios futuros que eso podría traer, no lo puede definir el presidente. Por tanto esperamos que esto se aclare, porque esto podría ser la impunidad perfectamente, y eso no lo vamos a aceptar”.
Preocupaciones similares planteó la diputada de Comunes, Claudia Mix, quien en su cuenta de Twitter publicó una foto del párrafo de la iniciativa que ha generado la mayor parte de los cuestionamientos, afirmando que “es urgente que (Sebastián Piñera) aclare pronto qué significa este punto, es de absoluta gravedad“.
También desde el FA, el diputado de Convergencia Social, Diego Ibáñez, agregó a las preocupaciones en torno a este párrafo, que el texto se da “volteretas para subsumir ‘orden público’ en ‘Seguridad nacional’ y evitar reforma constitucional“. Asimismo, Ibáñez destacó que el proyecto “no restringe armamento para el objetivo de Orden Público“.
Desde el PC en tanto, la diputada Karol Cariola se preguntó “¿Qué quiere decir el Presidentecon “Exención de responsabilidad penal aplicable al personal militar qe defiende infraestructura crítica”? ¿Carta blanca para las FFAA? ¿Esto se le ocurrió al Presidente o es una condición de las FFAA para cumplir el rol q se les solicita?”. 

Abogados penalistas

A las críticas desde el mundo político se sumaron los cuestionamientos desde la palestra jurídica. El abogado Jaime Bassa afirmó que desde su perspectiva no solo el proyecto “es una pésima idea”, sino que además “es absolutamente inconstitucional, (ya que) atenta contra la distribución de funciones del art. 101 de la Constitución: Orden público y Defensa”.
Respecto de la “exención de responsabilidad” a la que aluden los parlamentarios, Bassa publicó en su cuenta de Twitter que “como si los informes de Amnistía Internacional y HRW sobre violaciones a DDHH no fueran suficientes, el proyecto establece la posibilidad de exención de responsabilidad penal (art. 10 nº 4, 6 y 10 Código Penal) por Decreto Supremo. Sip, por decreto”.
En la misma línea, el abogado penalista Francisco Jara, opinó que “no es deseable que la ley se pueda remitir a un reglamento que dicten las autoridades, en particular si estamos hablando de que generaría la impunidad respecto de ciertos delitos, sería preferible que esos criterios estuvieran sentados en la ley“.
Por otro lado, el también abogado penalista, Esteban Vilchez, coincidió con sus colegas en que “lo más grave del proyecto está en el inciso final“, ya que “no puede pretenderse dar un permiso amplísimo, general y abstracto, para dañar a personas, para herirlas o matarlas a través de un Decreto Supremo, eso es extremadamente grave“.
El permiso legal para cometer un hecho que normalmente constituiría un delito, debe estar en la ley, no puede estar en un Decreto Supremo“, sentenció Vilchez.
Finalmente, el jurista agregó que la actitud del gobierno “es del todo imprudente y por otro lado contrario a los principios más básicos del derecho penal, que exigen que la vida y la integridad de las personas estén por sobre todas las cosas”.

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