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viernes, 25 de marzo de 2011

Alcaldesa de Viña del Mar se niega a entregar información pública

Alcaldesa de Viña del Mar se niega a entregar información pública y el Consejo para la Transparencia pide a la Contraloría instruir un sumario administrativo en su contra. Trascendió que se trata de posibles irregularidades en la vialidad viñamarina

La mediática edil viñamarina interpuso un recurso ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso para evitar la entrega de lo solicitado, el que fue rechazado por este tribunal. Pese a ello no ha cumplido y por ello el Consejo pidio la intervención de la Contraloría General de la República.

Cambio 21

El fallo en contra de Reginato fue emitido este viernes y es por la no entrega de información exigida en la ley.
Trascendió que esta información es sobre la vialidad de algunas zonas de Viña del Mar, donde existirían irregularidades en la dirección de Obras del municipio.

El arquitecto Patricio Herman de la organización "Defendamos la ciudad" dijo que las posibles irregularidades se habrían dado en el "carácter urbanístico de algunas zonas de Reñaca".

"Se trata de la vialidad de esas zonas, y donde la primera autoridad municipal fue conminada a entregar la información y ella se ha negado. Presentó un escrito ante la Corte y ésta se lo rechazó. Con lo cual con esta decisión del consejo para la Transparencia, ella tiene que obligadamente entregar los datos requeridos", señala Herman.

Texto de la resolución


El texto de la resolución en contra de la mediática alcaldesa de Viña del Mar, Virginia Reginato, (UDI) emitido este viernes señala lo siguiente:

El Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia, acordó disponer se incoe un sumario administrativo en contra de la Alcaldesa de la Municipalidad de Viña del Mar, Virginia Reginato, para establecer si su conducta originada en una solicitud de información de Mauricio Román Beltramín, da lugar a la infracción consagrada en el artículo 46 de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, aprobada por el artículo primero de
la Ley N° 20.285, de 2008.

Esto es, la no entrega oportuna de la información en la forma decretada por este Consejo, una vez que ha sido ordenada por resolución firme.

Lo anterior, por cuanto habiendo el Municipio reclamado la legalidad de esta decisión ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso ésta que, con fecha 29 de diciembre de 2010, rechazó el reclamo mediante su sentencia Rol W 1721-2010. En consecuencia, la decisión del Consejo se encuentra ejecutoriada y el plazo de cumplimiento vencido, sin que el órgano edilicio haya entregado la información correspondiente.

"En virtud de lo antes expuesto, el Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia ha acordado solicitar a Ud., en función de lo prescrito en el artículo 49 del citado cuerpo legal, que la Contraloría General de la República instruya dicho sumario administrativo, a fin de que se investiguen los hechos descritos y, en su caso, proponga a este Consejo Directivo las
sanciones que en derecho correspondan. Lo anterior, en conformidad con la cláusula cuarta del convenio de colaboración celebrado entre la Contraloría General de la República y el Consejo", termina la nota firmada por Raúl Ferrada Carrasco, director general del Consejo para la Transparencia.

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