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jueves, 22 de diciembre de 2011

Manual del nuevo votante chileno: sepa que debe hacer ahora que la inscripción es automática y el voto voluntario

En febrero próximo ya sería Ley de la República, lo que significa que a los cerca de 8 millones de inscritos en los registros electorales, se podrían sumar más de 4.7 millones de personas.

Cambio 21

La reciente aprobación por el Senado de la inscripción automática y el voto voluntario genera un cambio muy importante en el escenario electoral de Chile.

Cabe señalar que ahora el trámite obliga que pase al Tribunal Constitucional (TC) por ser una ley orgánica y, de no tener inconvenientes, en febrero próximo ya sería Ley de la República, lo que significa que a los cerca de 8 millones de inscritos en los registros electorales, se podrían sumar más de 4.7 millones de personas.

Ahora bien, en la práctica, esto significa que todos quienes tengan más de 18 años, y que la ley no les prohíba expresamente votar, podrán participar en todas las futuras elecciones en Chile.

Recordemos que apenas se cumplan los 17 años se quedará automáticamente inscrito, pero recién cumpliendo los 18 podrá ejercer su derecho. La ley incluye a extranjeros y chilenos no nacidos en el país que acrediten su avecindamiento en el territorio nacional

Hasta ahora no existen datos concretos sobre el comportamiento de los potenciales nuevos electores, salvo proyecciones realizadas analizando bases de datos y encuestas. Según éstas, el nuevo votante seria mayoritariamente joven, con pocos estudios y de bajos ingresos.

Según informó el Director del Servicio Electoral (Servel) de Valparaíso, Gonzalo Pardo, operativamente hoy el registro manual de inscritos para votar desaparece y, desde que se publique la ley, será el Registro Civil el encargado de entregar anualmente el nombre y datos de todos los chilenos que a la fecha tengan más de 18 años.

Por ello, en rigor, se mantienen las mismas mesas y locales de votación que tradicionalmente existen para quienes están inscritos. A los nuevos electores se les asignará una plaza, mesa y registro de acuerdo a la dirección que ellos entregaron al momento de hacer el trámite en el Registro Civil de obtener la Cédula Nacional de Identidad.

Por ejemplo, si su cédula se obtuvo en Temuco, con dirección en esa ciudad, ahí se le asignará un lugar para votar.

La nueva ley

Esta nueva ley regirá para los comicios municipales de octubre del 2012, cuando se eligen los 345 alcaldes y los miles de concejales a lo largo y ancho de Chile.

Las municipales serán la primera prueba electoral para el gobierno antes de las elecciones parlamentarias y presidenciales de 2013.

Recordemos que el padrón electoral vigente está conformado por 8,1 millones de los 17 millones de chilenos, de los cuales unos 600.000 son menores de 30 años, según cifras proporcionadas por el Registro Electoral.

Tras la entrada en vigencia de la ley, el registro añadirá 4,7 millones de personas, de los cuales tres millones son menores de 30 años.

Mesas y circunscripción

Los nuevos electores serán notificados mediante carta certificada, respecto de su inscripción, inhabilidad para votar, suspensión del derecho a sufragio o cambio de domicilio. Además en la página www.servel.cl, se podrá ver el local y mesa de votación.

Recordemos que siempre que se quiera votar en otro lugar que no se relaciona con la que aparece en la cédula de identidad, el trámite debe hacerse físicamente en el Registro Electoral más cercano, o se deberá acudir al lugar donde se quiere votar.

Quienes ingresen al padrón electoral serán inscritas en una mesa de votación perteneciente a la circunscripción electoral en la que se encuentra su domicilio. Para este efecto se considerará la última dirección entregada al registro Civil o Extranjería.

En cuanto a la distribución de las mesas, los ya inscritos conservarán su local y mesa. Por su parte los nuevos electores serán asignados en primera instancia a las mesas existentes y si es necesario, se crearán nuevas mesas.

Desde 2012 las mesas pasarán a ser mixtas, por lo que los nuevos electores serán asignados a locales originalmente del sexo opuesto.

Los vocales de mesa

Si bien, el voto será voluntario, la labor de vocal de mesa sigue siendo obligatoria. Los vocales serán designados por sorteo, donde participarán los 30 electores mejor capacitados según la junta electoral. Sus funciones se entienden por cuatro años y tendrán una remuneración superior a los siete mil pesos que reciben en la actualidad.

Documentos para votar

Para poder votar, los electores pueden utilizar su cédula de identidad o pasaporte. Pero existen ciertas restricciones: si una persona decide votar, debe hacerlo en todos los comicios que se realicen en la misma jornada, por ejemplo: si vota en una presidencial, no podrá marginarse de la parlamentaria si es el mismo día.

En definitiva, la nueva ley provocará una fuerte modificación en la cantidad de votantes aumentando su número en aproximadamente el 50%. Si la fórmula es la adecuada y satisface a los electores, es algo que solamente se podrá comprobar fehacientemente el día domingo 28 de octubre 2012, por la noche, tras el recuento de los votos de la elección municipal.

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