El magistrado Jorge Zepeda, condenó a Manuel Contreras Sepúlveda y Carlos López Tapia, a 10 años y un día de presidio por su responsabilidad como autores del secuestro. Mientras, Eugenio Fieldhouse, Gerard Mücke, y Johan van den Berg, se les sentenció a cinco años y un día de presidio por su responsabilidad como cómplices de los secuestros.
El ministro Jorge Zepeda dictó sentencia en la investigación por el denominado episodio Juan Maino Canales, proceso ligado a la investigación de la ex Colonia Dignidad.
La resolución determinó que en 1976 la Dirección de Inteligencia Nacional, DINA, detuvo y trasladó a "Villa Grimaldi" a Juan Maino Canales, Elizabeth Rekas y Antonio Elizando, quienes pertenecían al movimiento político "MAPU", y, además, les sustrajo sus vehículos.
Los agentes de la DINA, para facilitar la comisión de los crímenes, contaron con la colaboración de "Colonia Dignidad", dirigida por el líder Paul Schäfer.
Allí se coordinó la persecución, secuestro, tortura y desaparición de los opositores al régimen del general Augusto Pinochet.
En su sentencia, de 136 páginas, el magistrado Zepeda, condenó a Manuel Contreras Sepúlveda y Carlos López Tapia, a 10 años y un día de presidio por su responsabilidad como autores del secuestro. Mientras, Eugenio Fieldhouse, Gerard Mücke, y Johan van den Berg, se les sentenció a cinco años y un día de presidio por su responsabilidad como cómplices de los secuestros.
El ministro sobreseyó por muerte a Paul Schafer, quien falleció encontrándose en prisión preventiva; al agente de la DINA Rolf Wenderoth, por no estar en "Villa Grimaldi" al ser sustraídas las víctimas; y sobreseyó temporalmente a Hartmutt Hopp, por estar prófugo en Alemania y a quien el tribunal ya solicitó su extradición.
En el aspecto civil se condenó al Fisco y los condenados a pagar solidariamente 90 millones de pesos a los familiares de cada una de las víctimas como indemnización de perjuicios.
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