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jueves, 12 de enero de 2012

EXTRA DEL PULSO SINDICAL- LOS TRABAJADORES DESPEDIDOS DE EL SIGLO TENIAN LA RAZON


comunicaciones cgt

EXTRA DEL PULSO SINDICAL

LOS TRABAJADORES DESPEDIDOS DE EL SIGLO TENIAN LA RAZON


La obligación de una organización sindical, que se estructura y desarrolla su trabajo en base al principio de defensa de los derechos de los trabajadores es decir las cosas como son, mas allá de las incomodidades o malestar que pueda provocar en quienes se sienten tocados por su gestión.

Cualquiera sea la empresa que viola o desconoce los derechos laborales debe ser denunciada y se deben agotar los medios para que los afectados sean resarcidos.

El caso de los trabajadores despedidos del semanario El Siglo es particularmente complejo. No solo porque son trabajadores que prestaban servicios en un medio de comunicación que se define como de izquierda, y asumimos que en su declaración de principios la izquierda se preocupa de los derechos de los trabajadores, los promueve y los defiende, sino también y sobretodo por que el dueño del semanario es el Partido Comunista de Chile (según lo que entendemos), más allá de que utilice como nombre de fantasía Empresa Editorial Siglo XXI Ltda.

Hacer la denuncia y exponer los hechos provoca reacciones – en este caso dirigentes, militantes y amigos del PC – quienes descalifican, silencian y distorsionan la información sobre el caso, transformando en ”enemigos y traidores” a quienes dan cuenta de los hechos. Sin embargo, y mas allá de los costos que se deban pagar, tenemos claro que no se puede permanecer impasible ante un hecho a todas luces anómalo, mas aún cuando la empresa “Editorial Siglo XXI Ltda.” usa y abusa de la legislación para dilatar una solución buscando ganar por cansancio a los afectados.

LOS HECHOS

Una parte de los trabajadores de El Siglo constituyeron un Sindicato y luego presentaron un proyecto de contrato colectivo, lo que provocó la reacción de su empleador, reacción que se tradujo en el despido de los afectados y el desconocimiento de los pasos dados por los trabajadores. Puesto el caso en la Inspección del Trabajo, ésta estableció vía fiscalización que los afectados eran trabajadores de la empresa. La demandada desconoció lo anterior y los afectados llevaron el caso a los tribunales ya que la empresa sostuvo que “no le corresponde a la Inspección determinar la condición de trabajadores”.

Se inició un procedimiento legal que duró 3 largos años, tiempo en el cual los trabajadores hicieron efectiva la huelga, debieron poner fin a la misma ante la intransigencia patronal y hasta hoy se mantienen impedidos de retomar sus labores y cobrar sus remuneraciones pendientes.

Los Tribunales del Trabajo, la Corte de Apelaciones y la Corte Suprema, dieron la razón a los trabajadores. La Editorial Siglo XXI debe reincorporar a sus trabajadores ya que el despido no es valido y remunerarlos por el tiempo que estuvieron injustamente separados.

Y aquí se produce el hecho mas inaudito, si tomamos en cuenta lo que el dueño de la empresa dice representar. Editorial Siglo XXI Ltda., que fue defendida por un abogado laboralista, asesor de organizaciones sindicales, miembro del Comité Central del PC, resulta que no los reincorpora, tampoco paga el tiempo de separación ilegal, no paga las imposiciones y señala que no tiene como pagar lo que debe.

Ellos que rechazaron la organización de sus empleados, gastaron en preparar el juicio, utilizaron todos los instrumentos legales para tratar de probar que la organización no correspondía, hoy, cuando pierden en todas las instancias, se niegan a acatar el fallo. Ante esto, los trabajadores recurrirán a los tribunales de cobranza laboral para ver si por este medio logran que El Siglo cumpla la sentencia que lo condena a las obligaciones que hemos señalado.

Por mas que se ha denunciado el caso a los medios de comunicación, a las autoridades del trabajo, al parlamento y a todas las organizaciones sindicales, estas y estos han guardado silencio. Un silencio cómplice, un silencio inaudito.

Los derechos de los trabajadores invocados cada vez que se trata de dejar al desnudo la prepotencia y el abuso patronal, al menos en este caso, no parecen dignos de defensa y el responsable principal de esta violación y desconocimiento – establecida en todos los niveles de la justicia chilena – sigue sin dar la cara y se niega a responder.

Como un complemento de lo anterior es bueno informar que en la misma empresa, hay otros 2 trabajadores despedidos que también ganaron sus demandas y se les ha negado el pago del finiquito. Esta monstruosidad, propia del patrón que desprecia al trabajador que se atrevió a reclamar lo que le corresponde, ha llegado hasta el ocultamiento de los bienes para evitar los embargos ordenados. Uno de estos trabajadores interpuso también una demanda por sus imposiciones impagas, que está en proceso de cobranza.

Acompañamos para su conocimiento, extractos del proceso judicial que dio la razón a los trabajadores sindicalizados.

La única posibilidad que tienen estos trabajadores de que se cumpla la ley y se les respete en sus derechos, es que todos los que puedan gestionen ante el empleador el respeto pleno y total a los derechos humanos que en este caso se vulneran.

Por favor, lea el fallo que esta a continuación. No descalifique antes de leer.




































MANUEL AHUMADA LILLO

Presidente C.G.T. CHILE

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