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miércoles, 18 de mayo de 2011
Juez acusó a 10 personas por el secuestro calificado del cura Woodward
Se constató que la Armada aplicaba "tormento físico y psíquico de variada índole".
Ministro Miranda estableció ratifica en la resolución su paso por el buque Esmeralda.
Cooperativa.cl
El juez Julio Miranda acusó por el delito de "secuestro seguido de grave daño" a 10 personas, en el marco de la investigación por la desaparición del sacerdote Miguel Woodward Iribery, tras el golpe militar de 1973.
El ministro de la Corte de Apelaciones de Valparaíso constató que tras el 11 de septiembre de ese año la Academia de Guerra Naval dejó sus funciones educacionales y actuó como para "desbaratar los grupos contrarios al régimen militar instaurado en el país".
Para "obtener información sobre las actividades de los contrarios al régimen imperante, los capturados eran sometidos a múltiples sesiones de interrogatorio con aplicación de tormento físico y psíquico de variada índole", agregó.
Días después del golpe, el cura Woodward regresó a su casa en el Cerro Placeres 1, "donde fue apresado por un grupo de infantes de marina que lo condujo a la Universidad Santa María y luego a la Academia de Guerra Naval, sin orden administrativa o judicial que lo justificase".
El paso por la Esmeralda
El juez agrega que "luego de un fuerte interrogatorio y aplicación de tormentos, Woodward es llevado en grave estado de salud hasta el Buque Escuela Esmeralda, nave que la Marina había destinado como centro de detención e interrogatorio".
En el navío, "fue examinado por un médico y atendido en la enfermería, situación de la que se pone en conocimiento de la superioridad respectiva, ordenándose su traslado al Hospital Naval, donde se pierde su rastro físicamente, toda vez que un médico de la Armada que se desempeñaba en dicho nosocomio, extendió un certificado médico de defunción".
Además, la anotación de sepultación, en el Cementerio N° 3 de Playa Ancha, resultó falsa, pues a pesar de "una extensa diligencia de excavación en el lugar que determinaban los antecedentes, ésta concluyó sin resultado".
"Los hechos antes reseñados configuran la existencia del delito de secuestro seguido de grave daño (posiblemente falleciendo) en la persona de Michael Roy Woodward Iribery, que contempla el artículo 141 del Código Penal, vigente a la época de los hechos", concluyó el magistrado.
Los acusados
El Poder Judicial detalló que la acusación será notificada a querellantes y defensores, para "dar inicio a la etapa de plenario, previa a la dictación de condena de primera instancia".
Los autores del delito identificados por la resolución son:
Luis Francisco Pinda Figueroa
Carlos Alberto Miño Muñoz
Guillermo Carlos Inostroza Opazo
José Manuel García Reyes
Marcos Cristián Silva Bravo
Nelson Roberto López Cofré
Jorge Leiva Cordero
Manuel Atilio Leiva Valdivieso
Bertalino Segundo Castillo Soto
Héctor Fernando Palomino López
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