Pedirán revocar la nacionalidad chilena al dueño de Censosud, el empresario de origen alemán Horst Paulmann, acusado de fraude al fisco en Argentina. Moción será presentada por diputados DC que estudian viajar a Argentina a buscar más antecedentes
La información la conoció en exclusiva Cambio21 donde se señala que Paulman ha "vulnerado el derecho de los trabajadores" y ha "perseguido el lucro a toda costa". También es criticado de exportar a Chile productos como ayuda solidaria para damnificados del terremoto en 190 camiones sin pagar los impuestos correspondientes. La mercadería luego fue vendida a la Onemi. Se estima en casi 5 millones de dólares la evasión.
Ante la gravedad de los hechos que afectan al conglomerado Cencosud (Jumbo, Easy, Paris, Santa Isabel) tanto en Chile como en Argentina, un grupo de parlamentarios de la DC presentará un proyecto de ley destinado a revocar la nacionalización concedida por gracia a Horst Paulmann Kemna, el empresario de origen alemán propietario de la compañìa que también opera en Argentina,Perú, Colombia y Brasil.
El fundamento legal para pedir la revocación se basa en que la Constitución Política de la República, al establecer las fuentes de la nacionalidad, consagra en su artículo 10 N°4 la nacionalidad por gracia, la que debe otorgarse mediante ley de la República. Del mismo modo, establece en el artículo 11 N°4 que esta concesión puede revocarse por ley.
La nacionalización por gracia constituye el más alto honor que el Estado confiere a un extranjero, cuya concesión responde a una facultad eminentemente discrecional, que se ha ejercido en el pasado para honrar a aquellos que se han destacado por haber prestado grandes servicios a la nación. Así, por ejemplo, se le otorgó a Andrés Bello y al jesuita Gustavo Le Paige.
"No existe un procedimiento legal que regule el otorgamiento de la nacionalidad por gracia en cuanto a las condiciones sustantivas que deben apreciarse para ser objeto de este reconocimiento, sino que ello queda entregado a las apreciaciones personales de los miembros de las comisiones de cada una de las cámaras del Congreso Nacional. No obstante, se han establecido al interior de ellas ciertas pautas a evaluar, consideradas fundamentales para el otorgamiento de este honor", dijo a Cambio21 el diputado Gabriel Ascencio, uno de los promotores del proyecto, en lo que sería su primera acción acción fiscalizadora, luego de haber sido designado como "el fiscalizador" por los diputados DC.Incluso Ascencio señaló que están estudiando junto al jefe de la bancada DC, diputado Aldo Cornejo, viajar a Argentina para buscar más antecedentes para entregarselos al juez que investiga el fraude aduanero
Entre las condiciones se destaca que la persona haya prestado servicios o haber entregado beneficios notables al país, que estos servicios se hayan brindado por un tiempo prolongado, que se considere la edad, ya que en general es un reconocimiento a una persona que ha hecho toda una vida en Chile, que se siente chileno y que no opta a la nacionalidad chilena porque tiene que renunciar a su nacionalidad de origen. De gran importancia se considera que la persona no utilice el beneficio con un fin ajeno al que se le concedió, que no se preste, por ejemplo para una situación comercial transitoria y que no se comercialice esta concesión.
Tal como consta en el Informe de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía recaído en el proyecto de ley que concedió por gracia la nacionalidad chilena a Paulmann Kemna, esos fueron precisamente los criterios usados, por lo que podría ser sujeto de alguna de haber faltado a alguna de las causales enumeradas.
La nacionalidad por gracia se le entregó a Paulmann a través de la dictación de la Ley N° 20.127, publicada en el Diario Oficial el 19 de octubre de 2006.
"Sin embargo, señaló Ascencio, desde aquella fecha hasta el día de hoy, se han acumulado una enorme cantidad de antecedentes que ameritan que, de acuerdo al ya citado artículo 11 de nuestra Carta Fundamental, se le revoque dicha nacionalidad a este empresario que fuera honrado con ella".
"Ha mostrado en los últimos años el verdadero móvil de su estrategia empresarial, el que se aleja profundamente de un sincero interés por el beneficio de la sociedad chilena, y se acerca peligrosamente al lucro a toda costa, el que ha buscado incluso vulnerando los derechos fundamentales de sus trabajadores, y profitando de la tragedia que el terremoto del 27 de febrero de 2010 representara para una importante parte de la población", puntualizò el diputado.
Los siguientes acontecimientos son el fundamento de esta moción parlamentaria: 1) Fraude aduanero de Cencosud; 2) Irregularidades en permisos de edificación de Costanera Center; 3) Graves vulneraciones a los derechos humanos de sus trabajadores (cajeras con pañales, empaquetadores que pagan por laborar, trabajadores que los dejan encerrados sin poder salir de los supermercados) y 4) cobros usureros en la tarjeta Jumbo
"En definitiva, argumentó Ascencio, los criterios por los cuales se concedió la nacionalidad por gracia a don Horst Paulmann hoy en día no son posibles de fundamentar. Por el contrario, la manera en que ha llegado a constituirse en la segunda fortuna del país, violentan profundamente los principios sobre los cuales queremos construir nuestro desarrollo, haciendo caso omiso de los más vulnerables, y profitando de las tragedias que enlutan a nuestro país".
El proyecto de ley propuesto tendrìa un solo artìculo: "Artículo único.- Revóquese la concesión de la nacionalidad chilena por especial gracia al empresario alemán don Horst Paulmann".
Ante la gravedad de los hechos que afectan al conglomerado Cencosud (Jumbo, Easy, Paris, Santa Isabel) tanto en Chile como en Argentina, un grupo de parlamentarios de la DC presentará un proyecto de ley destinado a revocar la nacionalización concedida por gracia a Horst Paulmann Kemna, el empresario de origen alemán propietario de la compañìa que también opera en Argentina,Perú, Colombia y Brasil.
El fundamento legal para pedir la revocación se basa en que la Constitución Política de la República, al establecer las fuentes de la nacionalidad, consagra en su artículo 10 N°4 la nacionalidad por gracia, la que debe otorgarse mediante ley de la República. Del mismo modo, establece en el artículo 11 N°4 que esta concesión puede revocarse por ley.
La nacionalización por gracia constituye el más alto honor que el Estado confiere a un extranjero, cuya concesión responde a una facultad eminentemente discrecional, que se ha ejercido en el pasado para honrar a aquellos que se han destacado por haber prestado grandes servicios a la nación. Así, por ejemplo, se le otorgó a Andrés Bello y al jesuita Gustavo Le Paige.
"No existe un procedimiento legal que regule el otorgamiento de la nacionalidad por gracia en cuanto a las condiciones sustantivas que deben apreciarse para ser objeto de este reconocimiento, sino que ello queda entregado a las apreciaciones personales de los miembros de las comisiones de cada una de las cámaras del Congreso Nacional. No obstante, se han establecido al interior de ellas ciertas pautas a evaluar, consideradas fundamentales para el otorgamiento de este honor", dijo a Cambio21 el diputado Gabriel Ascencio, uno de los promotores del proyecto, en lo que sería su primera acción acción fiscalizadora, luego de haber sido designado como "el fiscalizador" por los diputados DC.Incluso Ascencio señaló que están estudiando junto al jefe de la bancada DC, diputado Aldo Cornejo, viajar a Argentina para buscar más antecedentes para entregarselos al juez que investiga el fraude aduanero
Entre las condiciones se destaca que la persona haya prestado servicios o haber entregado beneficios notables al país, que estos servicios se hayan brindado por un tiempo prolongado, que se considere la edad, ya que en general es un reconocimiento a una persona que ha hecho toda una vida en Chile, que se siente chileno y que no opta a la nacionalidad chilena porque tiene que renunciar a su nacionalidad de origen. De gran importancia se considera que la persona no utilice el beneficio con un fin ajeno al que se le concedió, que no se preste, por ejemplo para una situación comercial transitoria y que no se comercialice esta concesión.
Tal como consta en el Informe de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía recaído en el proyecto de ley que concedió por gracia la nacionalidad chilena a Paulmann Kemna, esos fueron precisamente los criterios usados, por lo que podría ser sujeto de alguna de haber faltado a alguna de las causales enumeradas.
La nacionalidad por gracia se le entregó a Paulmann a través de la dictación de la Ley N° 20.127, publicada en el Diario Oficial el 19 de octubre de 2006.
"Sin embargo, señaló Ascencio, desde aquella fecha hasta el día de hoy, se han acumulado una enorme cantidad de antecedentes que ameritan que, de acuerdo al ya citado artículo 11 de nuestra Carta Fundamental, se le revoque dicha nacionalidad a este empresario que fuera honrado con ella".
"Ha mostrado en los últimos años el verdadero móvil de su estrategia empresarial, el que se aleja profundamente de un sincero interés por el beneficio de la sociedad chilena, y se acerca peligrosamente al lucro a toda costa, el que ha buscado incluso vulnerando los derechos fundamentales de sus trabajadores, y profitando de la tragedia que el terremoto del 27 de febrero de 2010 representara para una importante parte de la población", puntualizò el diputado.
Los siguientes acontecimientos son el fundamento de esta moción parlamentaria: 1) Fraude aduanero de Cencosud; 2) Irregularidades en permisos de edificación de Costanera Center; 3) Graves vulneraciones a los derechos humanos de sus trabajadores (cajeras con pañales, empaquetadores que pagan por laborar, trabajadores que los dejan encerrados sin poder salir de los supermercados) y 4) cobros usureros en la tarjeta Jumbo
"En definitiva, argumentó Ascencio, los criterios por los cuales se concedió la nacionalidad por gracia a don Horst Paulmann hoy en día no son posibles de fundamentar. Por el contrario, la manera en que ha llegado a constituirse en la segunda fortuna del país, violentan profundamente los principios sobre los cuales queremos construir nuestro desarrollo, haciendo caso omiso de los más vulnerables, y profitando de las tragedias que enlutan a nuestro país".
El proyecto de ley propuesto tendrìa un solo artìculo: "Artículo único.- Revóquese la concesión de la nacionalidad chilena por especial gracia al empresario alemán don Horst Paulmann".
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