Según el organismo querellante, la ley establece
que "la aplicación de tormentos o tortura, además de constituir un
delito en Chile, constituye una violación grave a los derechos humanos
reconocidos por tratados internacionales vigentes en Chile".

Según lo indicado por la víctima, una funcionaria de Carabineros la condujo a una habitación, lugar donde le habría ordenado sacarse la ropa, levantarse los sostenes y bajarse los calzones a la altura de las rodillas. Posterior a eso, la habría obligado a hacer tres sentadillas y volver a vestirse, según consigna radio Bío Bío.
Lo estipulado por el INDH, establece que "la aplicación de tormentos o tortura, además de constituir un delito en Chile, constituye una violación grave a los derechos humanos reconocidos por tratados internacionales vigentes en Chile".
El documento agrega además que es posible considerar que la finalidad de los desnudamientos reiterados en el marco de una inspección personal, poseen claros elementos intimidatorios y punitivos hacia los manifestantes privados de libertad, además de ser un antecedente para disuadir a otras personas manifestantes de participar de movilizaciones sociales".
Cabe señalar que la acción judicial presentada por el INDH señala que los Estados, sobre la violencia de género, y considerando la vulnerabilidad arraigada en algunas sociedades, tienen un deber reforzado de establecer un marco normativo efectivo de protección de impulsar estrategias de prevención integra
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